La familia es la primera afectada directamente por cualquier tipo de crisis, económica, social, política o militar. En la actual Nicaragua después de los acontecimientos del 19 de Abril, la situación económica, psicológica, laboral y social se ha visto drásticamente afectada en todas las familias, pero se agudiza en aquellas que ya están separadas o divorciadas y tienen condiciones pre-acordadas en sentencias judiciales.
Ante esta situación la ponderación de principios se hace necesaria, se debe realizar una revalorización de prioridades y buscar una salida que beneficie equitativamente a todos los miembros, pero con especial énfasis en los hijos menores, que dependen sustancialmente de los adultos. Es decir- el principio del interés superior del menor – debe privar por el del adulto. Y asi por ejemplo en caso de perdidas e iliquidez económica se hace necesario una madurez sustancial de los padres en deponer posiciones mezquinas o egoístas.
Prioridades, significa lo primero, y todo aquel gasto que se infiere a la sobrevivencia basica de una persona, entre ellas alimentación, habitación o un techo donde alojarse y refugiarse, seguridad física y emocional, salud, como un primer escalón, luego vendrán las de educación, recreación, cultural y esparcimiento. Muchos de nuestras familias ya no pueden sostener el presupuesto familiar, peor aquellas que están divorciadas y deben sostener 2 hogares. Entonces debe existir un acercamiento de los padres a fin de afrontar con madurez dicha situación, valorar los riesgos de los menores y buscar las condiciones mas optimas para esos fines.
Por tanto, acudir a la vía judicial además de engorroso y tardado, no existen los fondos para hacer esos gastos, y de ahí entonces se debe buscar otras opciones y salidas momentáneas basadas en la legalidad, entrando a formalizar un acuerdo conciliatorio con un notario publico.
Lo que se plasma en un acuerdo conciliatorio para asuntos temporales son aquellos cambios bruscos o drásticos que se deben afrontar, de tal manera que busquen la protección de los hijos. Por ejemplo, cambiar de domicilio porque la zona es mas insegura por ataques armados o delincuenciales, abandonar y rescindir contratos de alquiler porque no se puede afrontar dicho canon y se deberán trasladar los hijos a otra casa de cualquiera de sus padres. La reducción de gastos extras del hogar, como cable, internet, clases extracurriculares, gastos de recreación o salidas. Estos cambios no reforman una sentencia, sino que son casos excepcionales de carácter humanitario.
¿En que casos no puede haber un acuerdo conciliatorio y cambiar momentáneamente las medidas?. Cuando al progenitor se le haya suspendido o retirado la autoridad parental, cuando existan medidas cautelares de emergencia decretadas por el juez.
Para ello busca a tu asesor de familia que te pueda orientar en los casos que tengas en tu hogar.